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La Audiencia Nacional anula la normativa del Canon Digital



La Audiencia Nacional ha declarado nula la orden ministerial con la que se aprobó el canon digital en el año 2008. La finalidad de este canon digital era la de “compensar” a los autores por los ingresos que dejaban de percibir cuando se hace una copia de su obra, de ahi que grava los soportes susceptibles de almacenar cualquier tipo de creación (ejemplo, cd’s).


La sentencia de la Audiencia Nacional reprocha diversos aspectos al ejecutivo, como no haber cumplido “ninguno” de los trámites “inexcusables” y “esenciales” para la aprobación de un reglamento como la orden ministerial de 2008, por lo que la normativa esta afectada de “vicio radical” y es nula.


La Audiencia entienda que la orden es un reglamento ejecutivo de una ley, y no un acto administrativo, argumentando que “tiene vocación de ser aplicada reiteradamente de tal forma que su repetida aplicación no solo agota sus efectos, sino que refuerza su vigencia”.


En otras palabras, que no se ha seguido el procedimiento establecido por el derecho para aprobar dicha norma y que además no se ha establecido la acción correcta dado que no puede ser una decisión unilateral del ejecutivo.


Un aspecto importante que resaltan es que la norma es “de carácter general y abstracto” y que está dirigida a una pluralidad de destinatarios definidos en principio de forma anónima. Cualquier normativa debe cumplir el principio de concreción para no dar lugar a interpretaciones, debe ser clara, condición que no se da en esta “orden ministerial”. Aunque lo sorprendente es que resalte que la pluralidad de destinatarios es anónima. Probablemente, pueda ser un grupo reducido de personas que hicieron campaña en favor del ejecutivo.


Antecedentes de dicha noticia:


No conforme el derecho comunitario


El antecedente más inmediato lo tenemos en el Tribunal de Justicia de la UE, quien dictaminó que el sistema aplicado en España no era conforme al derecho de la UE, bajo el supuesto de que la reproducción de los soportes digitales cumplieran otra finalidad que la copia privada.


Tienda informática Padawan


La Audiencia de Barcelona fue la primera en aplicar doctrina del Tribunal de Justicia de la UE y el pasado 3 de marzo dictaminó que una tienda de informática estaba exenta de reclamar el gravamen que le exigía la SGAE por la venta de soportes digitales.


Lamentablemente esta noticia no implicará la desaparición del canon digital, simplemente provoca que los importes de este gravamen se disminuyan, situándose en los precios establecidos en su aprobación. La Ministra Sinde, ha hecho público que esta sentencia no implica la desaparición del canon, y que se realizará los trámites necesarios para que vuelve a constituirse.

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